Bases de Concurso Promocional “ANIVERSARIO JUMBO 2009”
Primero: Organizador Del Concurso Cencosud Retail S.A. RUT: 81.201.000-k, con el objeto de beneficiar a los clientes de su sitio de comercio electrónico jumbo.cl, ha organizado una promoción denominada “ANIVERSARIO JUMBO 2009”. En ella podrán participar todos los clientes que realicen compras de las marcas adheridas en www.jumbo.cl y que cumplan con los requisitos de la promoción. Segundo: Contenido y Mecánica La mecánica de la promoción consiste en lo siguiente: Se sortearán 5 premios de un año de Jumbo Gratis entre quienes compren a través de www.jumbo.cl las marcas adheridas a la promoción. Por cada $10.000 de compra aumenta la posibilidad de ganar. El sorteo se realizará al final de la promoción entre las personas que cumplan la condición anterior y las otras que se establecen en el presente instrumento. Marcas adheridas a la promoción:
Tercero: Descripción de los premios Se sortearán 5 premios de un año de Jumbo Gratis. Cada premio equivale a una Gift Card de $1.000.000. Cuarto: Locales adheridos a la promoción: Participa sólo el sitio de comercio electrónico de jumbo, www.jumbo.cl Quinto: Vigencia de la promoción. La promoción será entre las 00:00 hrs. del día 01 de octubre de 2009 y las 24:00 hrs. del día 25 de octubre de 2009. Sexto: Sorteos El sorteo de los 5 premios se realizará el día 28 de octubre de 2009, los favorecidos serán publicados en la web como ganadores. El sorteo se realizará en las oficinas de Cencosud, Gerencia Comunicación Digital y Negocios Digitales ubicadas en Av. Kennedy 9001, piso 5, Las Condes. Séptimo: Notificación los ganadores Los 5 ganadores serán notificados por correo electrónico según los datos registrados en nuestro sitio web. Cada ganador deberá contestar este correo. Además se publicarán los ganadores en el sitio web de JUMBO a partir del 29 de octubre de 2009. Los ganadores tendrán un plazo de 10 días hábiles desde el envío de correo electrónico de notificación para hacer reclamo de su premio, de lo contrario pierden irrevocablemente su derecho a éste. Octavo: Restricciones
1. Participan todos los medios de pago. 2. Las facturas no participan en ésta promoción. 3. Sólo participan en el sorteo las compras efectivamente validadas. 4. Si el cliente ha efectuado la transacción con alguna de las Tarjetas Cencosud, éste no
deberá encontrarse en mora al momento del sorteo.
Noveno: Otros antecedentes Cencosud Retail S.A. por razones de caso fortuito o fuerza mayor, se reserva el derecho de finalizar anticipadamente la vigencia de la campaña informando al efecto a los consumidores, lo cual no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de terceros por parte de Cencosud Retail S.A. En este caso igualmente se efectuará el sorteo entre las compras que se hubieran alcanzado a realizar mientras estuvo vigente la promoción. La edad mínima para participar en esta promoción es de 18 años. Sin perjuicio de lo anterior, los menores de edad que participen en el presente concurso, y resulten ser ganadores de uno de los premios, deberán concurrir con su representante legal para hacer efectivo el cobro del premio.
Las personas que participen en esta campaña autorizan a Cencosud Retail S.A. para que se publique su nombre y fotografía en los medios que Cencosud Retail S.A. considere convenientes, sin que por ello deba efectuarse pago alguno, en dinero o en especie.
Todos los participantes de esta campaña declaran conocer y aceptar en su totalidad las bases de la misma. Las bases se encontrarán a disposición del público en www.jumbo.cl entre los días 01 de octubre de 2009 y del día 25 de octubre de 2009.
El sólo hecho de participar en esta campaña, implica la total aceptación de estas bases, así como las decisiones que posteriormente pueda adoptar Cencosud Retail S.A. con relación a cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas.
Se entenderá que toda persona que participe en esta promoción ha conocido y aceptado estas bases a su entera satisfacción, no pudiendo aducir desconocimiento de las mismas. Por lo tanto, la aplicación de ellas no dará derecho a reclamo alguno en contra de Cencosud Retail S.A., ni de sus ejecutivos, trabajadores o personeros. Cencosud Retail S.A. no se responsabiliza por daños a terceros derivados del ejercicio que se realice de los premios de esta promoción por parte de los ganadores. Cencosud Retail S.A. se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la promoción, tales como falsificación, suplantación de personas, adulteración de información, etc. Cencosud Retail S.A. se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes bases, circunstancia que los participantes aceptan por el solo hecho de participar en la campaña. Los ganadores de esta promoción no podrán en ningún caso solicitar ni efectuar cambios de premios, ni canjes por el uso y ocupación de los premios ganados en esta actividad, dinero efectivo u otra alternativa. Para todo lo que no se mencione expresamente en estas bases, rigen las normas establecidas en el Código Civil referente al tema. Décimo: Exclusión Podrán participar en este concurso todos los clientes de Cencosud Retail S.A. de conformidad a las condiciones de estas bases, en cualquiera de los locales adheridos a esta promoción, a excepción de los empleados de Cencosud S.A., Cencosud Retail S.A., Administradora del Centro Comercial Alto Las Condes Limitada, Distribuciones y Administraciones Limitada, Cencosud Shopping Centers S.A., Comercial Food and Fantasy Limitada, Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., personal involucrado de la agencia, sus cónyuges o parientes por consanguinidad o afinidad en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive, el personal de sala de los locales y el personal involucrado de la agencia de publicidad, agencia de promociones y auspiciadores de la Promoción. Protocolización Se deja constancia que copia del presente documento será protocolizado en la Primera Notaría de Macul, de don Juan Facuse Heresi.
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